Areas protegidas
En el Paraguay existen 16 parques
nacionales creados por decretos y considerados áreas protegidas. Hay
leyes, decretos, resoluciones y proyectos oficiales que buscan proteger
estos lugares para preservar el medio ambiente, y evitar su destrucción
por la irracionalidad humana.
Los mismos tienen nombres y los existentes en nuestro país son: “Defensores del Chaco”, que cuenta una dimensión de 720.000 hectáreas; “Médanos del Chaco”, con 514.233 hectáreas; “Tinfunqué” tiene 280.000 ha; “Paso Bravo”, con 103.018 hectáreas; “Lago Ypoá” con 100.000 hectáreas; “Teniente Agripino Enciso” con 40.000 hectáreas, y “Río Negro”, con 30.341 hectáreas. Además, están el Parque Nacional “Caaguazú” con 16.000 hectáreas; “Lago Ypacaraí”, con 16.000 ha; “Serranía de San Luis” con 10.282 hectáreas; “Bella Vista” con 7.311; “Cerro Corá” con 12.038; “Ybycuí” con 5.000 hectáreas; “Salto del Guairá” con 900; “Ñacunday” con 2.000 hectáreas, y “Chovoreca”, con 100.953 hectáreas.
CARACTERISTICAS
Las características de los parques nacionales, según Resolución N° 200/01 de la Secretaría del Ambiente (SEAM) son: a) El uso público controlado, que incluye actividades de recreación, turismo e investigación científica; b) La realización de actividades tendientes al mantenimiento de servicios ambientales, c) El inmueble sobre el que se asienta el área es de propiedad pública; d) La administración es exclusiva de la autoridad de aplicación.
La resolución de la SEAM especifica cuanto se refiere a la zonificación y sus usos, y las actividades que se pueden llevar a cabo dentro de las áreas protegidas. Por ejemplo: el artículo 32 de esta resolución señala que todas las áreas silvestres protegidas deberán ser divididas en zonas de manejo, atendiendo a los objetivos de la categoría que ostenta, así como a las condiciones naturales detectadas en la elaboración del plan de manejo respectivo. La zonificación deberá incluirse en el plan de manejo del área. El artículo 33 establece que para los fines de zonificación se utilizarán 10 zonas de manejo, adecuadas a los parámetros internacionales y nacionales. El artículo 34 dice que las diferentes categorías de manejo podrán presentar todas o algunas de las zonas de manejo. El artículo 35 establece que todas las zonas deberán estar correctamente demarcadas y señalizadas, haciendo uso de todos aquellos elementos y mecanismos necesarios para tal fin, pudiendo citarse de manera no excluyente a los letreros y carteles de señalización, las balizas, los cercados de diferentes tipos, entre otros.
CREACION DE AREAS SILVESTRES El Sistema Nacional de Areas Silvestres Protegidas del Paraguay (Sinasip) propone la creación de 39 áreas protegidas en todo el país, representando el 10% de la superficie del territorio nacional (aproximadamente 41.000 km ), estableciéndose hasta la fecha 22 áreas silvestres protegidas que cubren 15.000 km. Las áreas silvestres que pretenden ser fortalecidas a través de este proyecto fueron seleccionadas en base a los siguientes criterios: a) la necesidad de proteger sitios ricos en especies, incluyendo las endémicas, de rangos restringidos, y las especies amenazadas globalmente; b) la necesidad de asegurar la adecuación biogeográfica y su representatividad; c) la imperativa necesidad de proteger grandes bloques contiguos de hábitats; d) la probabilidad de amenazas a la biodiversidad, y e) la calidad de las políticas existentes y propuestas para la intervención en los sitios.
Dados estos parámetros, los sitios citados a continuación aparecen como áreas con mayor necesidad y prioridades de manejo a nivel nacional. Los mismos son:
1). Reserva de Recursos Manejados San Rafael, en la ecorregión Bosque Atlántico Interior (BAI); 2). Parque Nacional Paso Bravo, en la ecorregión del Cerrado; 3). Parque Nacional Médanos del Chaco. (Chaco Boreal), y 4). Parque Nacional Río Negro, en el ecotono Chaco, Pantanal.
Aunque la creación de los primeros Parques Nacionales y Reservas data de la década del 40, no fue sino hasta 1993 cuando el Gobierno nacional concluyó la elaboración y publicó el “Plan Estratégico del Sistema Nacional de Areas Silvestres Protegidas del Paraguay” (más conocido por su sigla Sinasip). Este documento se convirtió en el primer documento rector para la planificación y gestión de un sistema de áreas protegidas del país. El Sinasip incorpora, de una manera vanguardista, tres subsistemas de administración de Areas Silvestres Protegidas (ASP): a) El subsistema de las ASP bajo administración pública; b) El subsistema de las ASP bajo administración privada; y c) El subsistema de las ASP bajo régimen especial de manejo (que incluye a las ASP administradas por la Itaipú Binacional). Otro paso importante en la protección y administración de las ASP fue la preparación y promulgación de la Ley Nº 352/1994 de “Areas Silvestres Protegidas”, que incorpora el Sinasip de pleno, institucionaliza el sector e inicia un proceso más técnico de accionar.